BASES CACA DE LA VACA

Bases del Sorteo

Se celebrará en la Ciudad de Montilla, la décimo sexta edición del sorteo denominado “La Caca de la Vaca”. Dicho acto benéfico está destinado a recaudar fondos para los proyectos que la Hermandad Salesiana y Cofradía de la Juventud tiene en marcha.

El desarrollo del citado sorteo se ajustará a las Bases que lo rigen y que son:

  1. La organizadora del sorteo y responsable última del mismo es la Junta de Gobierno de la Hermandad Salesiana y Cofradía del Santísimo Cristo de la Juventud en su Presentación al Pueblo, Nuestra Madre María de Nazaret y San Juan Bosco, establecida en la ciudad de Montilla (Córdoba) y con sede social en la calle Arcipreste Fernández Casado número siete de la misma localidad.
  2. Consistirá en que la deposición de una vaca, en terreno previamente acotado y parcelado, marcará el lugar correspondiente a la participación ganadora del sorteo. El sorteo se celebrará en la explanada del Coto (Paseo de Cervantes), el sábado 19 de octubre de 2024. En ese lugar, se delimitará un rectángulo convenientemente acotado y vallado, en todos sus límites, para que en él sólo se encuentre, en el momento del sorteo, una vaca.
  3. El rectángulo será debidamente parcelado por la organización en cuadrados numerados de 40 x 40 centímetros de lado correspondientes, cada uno de ellos, a una participación en el sorteo.
  4. En el interior del citado rectángulo, no figurará ningún obstáculo, guía ni objeto o indicación alguna que impida a la vaca moverse a su antojo por el mismo.
  5. Las parcelas estarán numeradas de la 1 a la 6000, comenzando por la situada en el vértice del rectángulo más próxima al sureste, continuando de izquierda a derecha hasta completar la fila, y siguiendo sucesivamente hacia el norte, hasta cubrir la totalidad del rectángulo.
  6. Se pondrán a la venta 6000 papeletas numeradas del 1 al 6000 y que corresponderán a cada una de las parcelas del sorteo.
  7. La parcela ganadora del sorteo será aquella en la que la vaca deposite su primera boñiga.
  8. Dicha deposición será válida a partir de la emisión de una señal sonora que indicará el comienzo del sorteo. Previamente la vaca se habrá situado en el centro del rectángulo y desde allí comenzará a moverse libremente.
  9. La posición correcta de la boñiga será determinada por la medición de un topógrafo mediante una “estación total”. Este aparato indicará con exactitud el centro geométrico de la majada, determinando dicho centro la parcela ganadora del sorteo.
  10. Habrá una única parcela ganadora. El poseedor de la papeleta correspondiente a dicha parcela será el ganador del sorteo y recibirá los tres mil euros del premio, una vez validada la papeleta por parte de la organización acorde a los puntos 11 y 12 de las presentes Bases.
  11. Se enviarán a los miembros de la Hermandad y Cofradía papeletas mediante correo postal. La forma de pago de estas papeletas será a través de ingreso o transferencia o también mediante Bizum a la cuenta ES72 0237 6047 00 9165579699, de la entidad financiera Cajasur Banco, con anterioridad al día 6 de octubre de 2024. Caso de ser agraciada con el premio una de estas papeletas, será indispensable la acreditación del correspondiente pago bancario de la misma en fecha y forma. En caso contrario, se anulará.
  12. El resto de papeletas no enviadas a los miembros de la Hermandad, se pondrán a la venta pública en distintos puntos de venta que serán convenientemente anunciados. Caso de ser agraciada con el premio una de estas papeletas, el poseedor de la misma deberá exhibirla a la organización para su correspondiente verificación.
  13. Antes del sorteo se depositará ante Notario la relación con las papeletas que, no habiendo sido abonadas en fecha y forma, quedan anuladas.
  14. Si la parcela en que la vaca deposite su primera boñiga corresponde a una papeleta no vendida, o bien se encuentra en la relación de las papeletas que han sido anuladas, se volverá a repetir el sorteo hasta que resulte agraciada una papeleta que haya sido vendida. Si por cualquier circunstancia (falta de luz natural, condiciones meteorológicas adversas, etc.) y dándose el caso de no haber sido agraciada aún una parcela reglamentariamente vendida, la organización comunicará el método o sistema por el cual se elegirá la parcela agraciada, a fin de poder concluir el sorteo.
  15. El importe del premio habrá de ser recogido por una persona mayor de edad, para lo cual la organización establecerá un lugar, día y hora en el que se hará entrega del premio.
  16. Toda aquella persona de cuya actuación se derive condicionar el sorteo o quien transgrediera lo que indican estas Bases o intentara manipular el mismo de alguna manera: lanzando objetos, golpeando al animal, accediendo al rectángulo, etc., será excluido por la organización y no podrá optar al premio.
  17. En el caso de que no se pueda realizar el sorteo mediante el formato anteriormente descrito por cualquier circunstancia ajena a la organización, se realizará mediante un sorteo público. Habrá una única papeleta ganadora. El poseedor de dicha papeleta será el ganador del sorteo y recibirá los tres mil euros del premio, una vez validada la papeleta por parte de la organización acorde a los puntos 11 y 12 de las presentes Bases.
  18. La organizadora se reserva el derecho de aplazar el sorteo y anunciar una fecha posterior para su celebración así como modificar el lugar elegido para la celebración del sorteo, si estima que concurren circunstancias de fuerza mayor: falta de seguridad para los asistentes o participantes, causas meteorológicas, indicaciones de la autoridad competente, insuficiente venta de participaciones, etc. Cualquier modificación será convenientemente anunciada por la organización con la suficiente antelación.
  19. La organización podrá suspender definitivamente el sorteo si considera que persisten reiteradamente las circunstancias antes dichas. En este caso, se garantiza la devolución íntegra del importe de las participaciones a quienes así lo documenten.
  20. La participación en el sorteo mediante la adquisición de la parcela, conlleva la total aceptación de las Bases aquí recogidas.
  21. La organización responde del buen desarrollo del sorteo y se reserva la interpretación última de estas Bases.
  22. Estas bases han sido depositadas ante Notario.

Junta de Gobierno de la Hermandad Salesiana y Cofradía.

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